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Objetivo

El servicio de ayuda a domicilio se dirige a personas o familias en situación de riesgo o dependencia y tiene por objeto prevenir y atender situaciones de necesidad prestando apoyo de carácter doméstico, social, educativo, rehabilitador o técnico. Su objetivo es facilitar la autonomía personal en el medio habitual (en el domicilio generalmente), evitando así un posible internamiento, potenciando la autonomía del beneficiario del servicio así como acompañamiento.
El servicio se presta a través de Auxiliares de Ayuda a Domicilio.

¿QUÉ LE OFRECE ESTE SERVICIO?

Atención doméstica: limpieza y organización del hogar, lavado, planchado, preparación de comidas y compras.

Atención personal: aseo completo, movilización y cambios posturales, cuidados sanitarios elementales, ayuda en rehabilitación, gestiones, etc.

Atención psicosocial: orientación, hábitos, acompañamiento, ocio...

¿DE QUIÉN DEPENDE?

 Es un servicio del Ayuntamiento de Albacete, mediante convenio con la Junta de Comunidades

Destinatarios

Personas o grupos familiares que lo necesiten ante una situación de dependencia temporal o permanente, residentes en Albacete y sus pedanías.

 Las personas beneficiarias prioritarias son:

  • Personas Mayores con dificultades de autonomía personal o que vivan solas y requieren apoyo para permanecer en su hogar.
  • Personas con Discapacidad, de cualquier edad, con limitaciones importantes de autonomía personal.
  • Menores a los que hay que cuidar o atender por ausencia de los padres, madres o tutores, o cuando éstos, por circunstancias provisionales de enfermedad u otros motivos suficientemente justificados, no puedan ejercer sus funciones parentales, siempre que tales circunstancias no supongan una situación de desamparo o requiere la asunción de la guarda por parte de la Autoridad Competente.

En general, cuando exista una situación de desatención social y/o familiar, evaluada técnicamente, que justifique la intervención del servicio.

Tipos de SAD, según sus destinatarios:

  • SAD Ordinario: Prestación básica, dirigida a todos los ciudadanos, (mayores con dificultad, personas discapacitadas, menores o grupos familiares desestructuradas, parto múltiple…) a la que se accede mediante un baremo de necesidad.
  • SAD Dependencia: Prestación a la que se accede a través de la Resolución del sistema de Atención a la Dependencia, destinada a la persona dependiente (según calendario establecido de acceso a prestaciones). Tienen preferencia de acceso en caso de lista de espera.
Requisitos

Para el SAD Ordinario:

  • Estar empadronado en Albacete o sus pedanías.
  • Encontrarse en una situación que les impida hacer frente a sus necesidades personales y sociales por sus propios medios.
  • Cumplir con los requisitos establecidos según el baremo existente en las prescripciones técnicas del Servicio de Ayuda a Domicilio de la Junta de Comunidades y de la Ordenanza Municipal reguladora del precio público. Se valorará la situación de necesidad para el acceso a la Ayuda a Domicilio mediante un baremo.
  • Abonar el precio público correspondiente según la situación económica y familiar, regulada por la Ordenanza Municipal.

Para el SAD Dependencia:

  • Tener Resolución por situación de Dependencia, con propuesta de Prestación del Servicio de Ayuda a Domicilio.
  • Ajustarse al procedimiento que establece las Prescripciones Técnicas del Servicio de Ayuda a Domicilio y a la Ordenanza Municipal que regula el precio público.
Documentación a aportar

Es imprescindible acompañar la documentación siguiente:

 

  • Instancia o solicitud formalizada.
  • Fotocopia DNI o documento de identificación personal
  • Informe médico del estado de salud (según modelo específico de la Orden de la Consejería de Bienestar Social)
  • Autorización de Acceso y cesión de datos
  • Declaración responsable del hijo o hija cuyo domicilio figure en la solicitud en los casos de mayores que viven periódicamente con distintos hijos
  • Justificantes de los medios económicos, según proceda: Certificado actual de haberes, pensión, prestación o subsidio que perciba cada uno de los componentes de la unidad familiar
  • Fotocopia de la Declaración del IRPF del último ejercicio anterior a la fecha de la solicitud, o certificado negativo de la misma en caso de no realizarla
  • Copia de la solicitud de Dependencia. Dictamen de grado y nivel de Dependencia
     
Importe de la tasa

No hay que pagar ninguna tasa

Más información

En el Centro de Servicios Sociales de su barrio o de su zona de Servicios Sociales.

 

Presencial

Presencial

Solo para personas físicas. Registro General, planta baja, (ver mapa, consultar horario. Se puede descargar el siguiente formulario y llevarlo rellenado (descargar)

Registro General, planta baja, (consultar horario)

Se puede descargar el siguiente formulario y llevarlo rellenado (descargar)

Plazos

El plazo para resolver la solicitud es:

- 1 mes para casos de personas con grado y nivel de dependencia

- Según disponibilidad de horas, en el resto de casos