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Inscripciones y registros
Objetivo
Comunicar la no residencia en domicilio a los efectos de inscripción en el Padrón Municipal de Habitantes o realizar alegaciones al expediente de baja.
Destinatarios
Titulares de un derecho de propiedad o de un derecho de arrendamiento sobre un bien inmueble que deseen comunicar la no residencia efectiva de aquellas personas que figuren empadronadas indebidamente en el mismo, o bien realizar alegaciones a un expediente de baja.
Documentación a aportar
Es imprescindible acompañar la documentación siguiente:
- Instancia o solicitud formalizada (impreso facilitado al final de la página).
- Copia de documentos de identificación personal (D.N.I., pasaporte,...).
- Escritura de propiedad o recibo de IBI, si la vivienda es en propiedad.
- Contrato de arrendamiento, si la vivienda es en alquiler.
- Autorización de representación, en su caso.
Criterios
Tal y como se establece en el art. 72 del Reglamento de Población y Demarcación Territorial, aprobado por Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio, los Ayuntamientos darán de baja de oficio, por inscripción indebida, a quienes figuren empadronados incumpliendo los requisitos establecidos en el artículo 54 de este Reglamento, una vez comprobada esta circunstancia en el correspondiente expediente en el que se dará audiencia al interesado. Éste deberá comunicar el municipio o país en el que vive habitualmente y solicitar, por escrito, el alta en el padrón municipal o en el Registro de Matrícula de la Oficina o Sección consular correspondiente. Dicha solicitud será tramitada por el Ayuntamiento que acuerde la baja de oficio.
Por tanto, la presentación de esta solicitud NO IMPLICA LA BAJA en el padrón municipal de habitantes hasta que no se realicen las comprobaciones oportunas.
Marco legal
- Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.
- Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio por el que se aprueba el Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales.
- Resolución de 17 de febrero de 2020, de la Presidencia del Instituto Nacional de Estadística y de la Dirección General de Cooperación Autonómica y Local, por la que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre la gestión del Padrón municipal.
On line
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Presencial
Presencial
Solo para personas físicas. Registro General, planta baja, (ver mapa, consultar horario. Se puede descargar el siguiente formulario y llevarlo rellenado (descargar)
Mediante instancia a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Albacete (requiere certificado digital).
En la Oficina Municipal de Atención a la Ciudadanía (OMACi).