Inscripciones y registros
Objetivo

Solicitud de inscripción de altas y cambios de domicilio en el Padrón de Habitantes del municipio de Albacete.

Destinatarios

Toda persona que viva en España está obligada a inscribirse en el Padrón del municipio donde reside habitualmente. Quien viva en más de un municipio se inscribirá únicamente en el que habite durante más tiempo al año.

El trámite permite efectuar la inscripción en el padrón de habitantes del municipio de Albacete:

  • De aquellas personas que vienen a vivir a la ciudad provenientes de otro municipio de España o bien del extranjero.
  • De las personas que, por el motivo que sea, no constan en el padrón de habitantes de Albacete, aunque continúan viviendo en la ciudad.
Documentación a aportar

Es imprescindible acompañar la documentación siguiente:

  • Hoja padronal (puede descargarla pulsando directamente aquí, o bien, solicitarla en la Unidad de Gestión del Padrón de Habitantes y Atención Ciudadana) y tiene que estar firmada por todas las personas mayores de edad.
  • Acreditación de la identidad.
  • Acreditación del domicilio.
  • Normativa.

Documentos originales y en vigor que acreditan la identidad

Españoles:

  • DNI original (obligatorio para mayores de 14 años).
  • Ciudadanos españoles procedentes del extranjero sin DNI: se admitirá el original del pasaporte hasta la obtención del DNI, antes de 6 meses. A partir de esta fecha sin presentar el original del DNI se iniciará expediente de baja por inclusión indebida.
  • Menores de 14 años: original Libro de Familia o Certificado de Nacimiento. En caso de tenerlo, deberán presentar también original del DNI.

Extranjeros:

  • De Estados miembros de la Unión Europea, Islandia, Liechtenstein, Noruega y Suiza: Original en vigor de tarjeta de residencia, pasaporte o documento de identidad del país de origen. (En caso de aporte de Certificado NIE este debe ir acompañado del pasaporte o del documento de identidad del país de origen).
  • Personas originarias del resto de países: Original en vigor de tarjeta de residencia o pasaporte.
  • Menores extranjeros nacidos en España hasta los 14 años:
    • Libro de Familia o Certificado de nacimiento expedido por autoridades españolas,
    • Pasaporte expedido por las autoridades de su país o tarjeta de residencia expedida por las autoridades españolas (acompañado siempre por libro de familia o certificado de nacimiento).

Representación de los menores:

  • Menor que se empadrona con ambos progenitores: Original del libro de familia o certificado de nacimiento.
  • Menor que se empadrona con uno solo de los progenitores: Original del libro de familia o certificado de nacimiento, acompañado de alguno de los siguientes documentos:
    • Autorización y copia del DNI del otro progenitor.
    • Guarda y custodia del menor en exclusiva otorgada a dicho progenitor por resolución judicial.
    • Guardia y custodia compartida otorgada por resolución judicial. En este caso se requiere además autorización del otro progenitor, salvo que la resolución judicial fije el domicilio del menor, en cuyo caso se estará a lo que fije dicha resolución. Si la resolución judicial establece que la residencia del menor será de forma alternativa con ambos progenitores, necesitará autorización del otro progenitor o resolución judicial que establezca que el menor se empadronará con él.
  • Menor que se empadrona con personas diferentes a sus progenitores: autorización de ambos progenitores o en casos de tutela o acogimiento la resolución judicial o administrativa donde se establezca.

Documentación acreditativa del domicilio

Uno de los documentos siguientes:

  • Vivienda en propiedad:
    • Escritura de Propiedad, nota registral o último recibo del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI)...
  • Vivienda en alquiler:
    • Contrato de arrendamiento en vigor de la persona que se empadrona o autoriza el empadronamiento.
    • Factura expedida por compañía suministradora de telefonía fija, agua, electricidad o gas con una antigüedad máxima de dos meses a la inscripción padronal donde venga reflejado el domicilio del suministro y nombre y apellidos del titular del suministro.
  • Cesión por el propietario o arrendatario del uso de la vivienda:
    • ​​​​​​Autorización por escrito acompañada de copia del documento de identidad de la persona a cuyo nombre figuren en algunos de los documentos anteriormente citados.
    • Cuando el titular del inmueble es una Empresa o Sociedad, debe aportar algunos de los documentos anteriormente citados en los apartados 1, 2 o 3 a nombre de la Empresa y autorización firmada por el apoderado acompañado de copia del documento de identidad. En el caso de sociedad unipersonal, la autorización deberá ser del administrador.
  • Empadronamiento en un domicilio colectivo (residencias de mayores, centro de acogida, conventos, etc.):
    • Autorización de la persona que ostente la dirección del centro.

El Ayuntamiento está facultado para pedir documentos adicionales acreditativos del uso del domicilio para comprobar la veracidad de los datos contenidos en el Padrón municipal.

On line

On line

Término online

Presencial

Presencial

Solo para personas físicas. Registro General, planta baja, (ver mapa, consultar horario. Se puede descargar el siguiente formulario y llevarlo rellenado (descargar)

Mediante instancia a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Albacete (requiere certificado digital).

En la Oficina Municipal de Atención a la Ciudadanía (OMACi).

Solo se atenderá con cita previa, que podrá solicitar por teléfono (967596100) o a través de internet.