¿Cuánto tiempo tiene que pasar para la caducidad de la sanción?
Si en el plazo de 1 año desde la iniciación del procedimiento, no hubiera recaído resolución sancionadora, se producirá la caducidad de la infracción y se procederá al archivo de las actuaciones (art. 92.3 LSV. Excepto en los casos previsto legalmente)
