¿Qué gastos no podrán ser subvencionados?
Se consideran gastos no subvencionables y por tanto no justificables aquellos que tengan carácter de corriente (luz, teléfono, agua, reparaciones, mantenimiento, conservación…) o de inversión en inmovilizado.
Por ejemplo, la adquisición de una cámara de fotos no sería subvencionable ya que se trataría de una inversión.
