REQUISITOS
Poseer una finca urbana o rústica para dividir en dos o más lotes:
- En suelo urbanizable, una vez aprobado el Plan Parcial
En suelo urbano, una vez aprobados los instrumentos de desarrollo previstos.
En suelo no urbanizable, la licencia se sustituye por un acto administrativo se constate que la división propuesta no dará lugar a la creación de porciones de terreno inferiores a 30.000 m2 salvo que la ordenanza particular disponga una superficie menor, circunstancia esta que se hará constar en las escrituras de parcelas y en el reparto de la propiedad.
DOCUMENTOS
Es imprenscindible acompañar la documentación siguiente:
- Solicitud.
- Documento o declaración que justifique la condición del/la solicitante (propietario del suelo, promotor/a, arrendatario/a o cualquier otro derecho bastante que ostente sobre el suelo o la construcción e instalación)
- Proyecto de Segregación.
- Certificado de la inscripción de la finca en el Registro de la Propiedad o certificado negativo de la inscripción, en caso de suelo rústico.
- Resguardo justificativo del pago de la tasa, para el año 2011 es de 209,26€.
- Acreditación de la representación en caso de actuar con representante.
Si tiene alguna duda puede consultar las preguntas frecuentes.
Canales de solicitud:
 | Presencial: Registro General de la Gerencia de Ubanismo, C\Iris 11, (ver mapa) o en el Registro General del Ayuntamiento, planta baja, (ver mapa, consultar horario) . |
Se puede descargar el siguiente formulario y llevarlo rellenado (descargar)
 | Internet: A través de la plataforma de administración electronica, Carpeta Ciudadana (inactiva). |