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Solicitud de subvención por actividades culturales

OBJETO DE LA CONVOCATORIA, BASES, BENEFICIARIOS Y REQUISITOS

  
Las ayudas irán destinadas a la programación, producción o realización de actividades culturales en el presente ejercicio dentro de los siguientes ámbitos:
a)    Artes escénicas
b)    Videocreación y cine
c)    Artes plásticas
d)    Música y danza
e)    Creación literaria
f)     Promoción de la artesanía y recuperación de las tradiciones
g)    Promoción del patrimonio histórico y artístico
h)   Conocimiento y difusión de la diversidad cultural
i)     Debate y reflexión sociocultural
 
Segunda.– Beneficiarios y requisitos.
Podrán acceder a estas ayudas, las asociaciones legalmente constituidas del Municipio de Albacete, entre cuyos fines se encuentre la promoción cultural, y las personas físicas y jurídicas, que realicen actividades dentro del ámbito cultural en nuestro municipio.
 
Quedan excluidas expresamente de esta convocatoria aquellas entidades que puedan ser atendidas específicamente a través de ayudas otorgadas por otras concejalías, las relacionadas en la base sexta de la presente convocatoria y, en general, todas cuyos fines principalmente no sean culturales.
 
 
Tercera.– Solicitud de las ayudas.
Las solicitudes de subvención deberán ir acompañadas de los siguientes documentos:
1. Fotocopia del DNI del responsable de la entidad o persona física o jurídica.
2. Certificación expedida por los órganos representativos de la entidad, en su caso, en que se haga constar el número de socios y el presupuesto del ejercicio corriente.
3. Memoria detallada de las actuaciones de todo tipo que haya desarrollado la entidad en el año precedente, salvo en el caso de asociaciones culturales de reciente creación o de personas físicas.
4. Declaración jurada de las subvenciones solicitadas, recibidas o pendientes de otras instituciones públicas o privadas en el ejercicio anterior.
5. Declaración jurada de las subvenciones solicitadas de instituciones públicas o privadas del presente ejercicio.
6. Programa y presupuesto detallado de ingresos y gastos de las actividades previstas a realizar en el que se harán constar información clara de los apartados recogidos en el Anexo 1. 
 
Cuarta.– Lugar y plazo de presentación de las solicitudes.
Las solicitudes se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de Albacete, conforme al modelo que se facilitará, en el plazo de 20 días hábiles a contar desde la fecha de la publicación de la presente convocatoria en el B.O.P.
 
Quinta.– Órgano competente para resolver y procedimiento de concesión.
Será la Junta de Gobierno Local a propuesta de la Comisión informativa de Educación y Cultura la que resuelva la concesión de las subvenciones.
 
Una vez concluido el plazo de presentación de solicitudes se informará en un plazo máximo de 30 días naturales a la citada Comisión Informativa. La Junta de Gobierno Local resolverá de forma motivada las respectivas solicitudes de subvención, que serán notificadas a los interesados.
 
Las resoluciones dictadas agotarán la vía administrativa, pudiendo interponerse contra las mismas recurso contencioso-administrativo en la forma y plazo previsto por la Ley reguladora de dicha jurisdicción, o, potestativamente, recurso de reposición, conforme a lo dispuesto en el artículo 116 de la Ley 30/92, de 30 de noviembre.
 
El importe total de las subvenciones concedidas será imputado a la partida de «Colaboraciones y Aportaciones », con nº relacional 201200005455 con un máximo de 18.000.-€uros.
 
Sexta.– Criterios para la adjudicación de ayudas.
La Comisión de Cultura valorará, para conceder estas ayudas, los siguientes elementos:
1.                   Que el objeto social y las actividades desarrolladas por los solicitantes sean complementarias con respecto a las competencias y actividades municipales.
2.                   La representatividad de las entidades y/o la trayectoria artística.
3.                   La capacidad económica autónoma y las ayudas recibidas de otras instituciones públicas o privadas.
4.                   La importancia para el municipio de las actividades culturales desarrolladas o que se pretenden desarrollar.
5.                   El carácter innovador y creador de los proyectos presentados.
6.                   Los proyectos que persigan consolidar los hábitos de aproximación a la cultura y que promuevan la participación ciudadana en cualquiera de sus vertientes.
 
Quedan excluidas de esta convocatoria las siguientes actividades:
a)    Las que sean o puedan ser objeto de otra convocatoria municipal.
b)    Las que atenten contra valores universales como los derechos humanos, la paz, la solidaridad, la igualdad de género, la coeducación, el respeto a la libertad de opción afectivo-sexual, la conservación del medio ambiente, la defensa de los animales y la convivencia intercultural.
c)    Las actividades cerradas o que pretendan el disfrute exclusivo del colectivo solicitante.
d)    No se admitirán solicitudes de las entidades que sean parte en un convenio de colaboración vigente con el Ayuntamiento de Albacete.
e)    Las propuestas que no hayan justificado las subvenciones del año anterior no serán consideradas para la presente convocatoria.
 
Séptima.– Obligaciones de los beneficiarios.
Los beneficiarios, por el solo hecho de solicitar las ayudas, se comprometen a aceptar el contenido de estas bases, así como a cumplir las siguientes obligaciones:
a) Realizar la actividad que fundamenta la concesión de la ayuda, sin que quepa cambio o modificación alguna del objeto o finalidad para la que se concedió. En cualquier caso, toda incidencia que suponga modificación del programa inicial de la actividad deberá estar autorizada por la Concejalía de Educación y Cultura.
b) Justificar adecuadamente la subvención ante el órgano concedente, en el plazo y forma establecido en la Base Octava.
c) Someterse a las actuaciones de comprobación que efectúe el órgano concedente y las de control financiero que correspondan a la Intervención Municipal.
d) Comunicar al órgano concedente la obtención de otras subvenciones o ayudas para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados.
e) Informar, en todo tipo de publicidad y difusión que se realice, del patrocinio de la Concejalía de Cultura del Ayuntamiento de Albacete, incorporando de forma visible el logotipo municipal correspondiente en el caso de que se trate de documentos escritos o audiovisuales.
Podrán recabar información sobre el logotipo a utilizar, o de cualquier otro aspecto relacionado con esta convocatoria, en las oficinas del Servicio de Cultura y Festejos de este Ayuntamiento,
 
Plaza del Altozano, s/n  (Museo Municipal)
Tlf: 967606101 - 967606104
Fax:967606102 - 96766107
Correos electrónicos:
delerma@ayto-albacete,es
 
Los adjudicatarios de las ayudas en la presente convocatoria quedarán obligados a devolver el importe de las subvenciones recibidas, si el gasto no se produjese u obtuviesen cualquier otra ayuda o subvención que cubra totalmente el importe de los gastos.
 
Octava.– Forma y plazo de justificación de las ayudas.
Una vez recibida la subvención, la entidad o solicitante quedará obligado a admitir la inspección del Ayuntamiento en su caso así como a hacer constar en la información y difusión de las actividades la colaboración del Ayuntamiento de Albacete.
 
a)   Justificación económica
 
Las entidades o personas subvencionadas en esta convocatoria, con carácter previo al percibo del importe que corresponda,  quedarán obligadas a presentar facturas originales y debidamente cumplimentadas de los gastos objeto de la subvención.
 
Se consideran gastos no subvencionables y por tanto no justificables aquellos que tengan carácter de corriente (luz, teléfono, agua, reparaciones, mantenimiento, conservación...) o de inversión en inmovilizado.
 
b)   Memoria del proyecto, de acuerdo con los siguientes apartados:
1.     Título del Proyecto
2.    Actividades realizadas
3.     Fecha y lugar de realización. Asistencia. Concurrencia de destinatarios
4.     Grado de consecución de los objetivos previstos
5.     Publicidad realizada (se deberá acompañar documentación acreditativa de los soportes materiales y gráficos, escritos, sonoros o de cualquier otra naturaleza utilizados para la divulgación de la actividad y su financiación por el Ayuntamiento de Albacete).
6.    Evaluación general del proyecto: aspectos positivos, aspectos mejorables, continuidad….
 
La memoria deberá presentarse firmada y fechada por el representante legal de la entidad beneficiaria o persona física.
 
El incumplimiento de alguno de los contenidos de esta convocatoria será tenido en cuenta de forma negativa para la concesión de subvenciones en el año siguiente.
 
Novena.- Normativa aplicable .-
Esta convocatoria de subvenciones se regirá, además de lo establecido en las presentes bases por:
- La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Real Decreto 887/2006, de 21 de Julio por el que se aprueba el
- Reglamento de la Ley General de Subvenciones.
 
 
 
Albacete, 15 de marzo de 2012.– La Alcaldesa, Carmen Bayod Guinalio
 
 
Anexo 1
 
Contenidos del programa de actividades:
 
1. Título del proyecto.
2. Actividades que se realizarán
3. Antecedentes.
4. Localización, temporalización y destinatarios del proyecto
5. Objetivos y resultados esperados
6. Recursos humanos, materiales y financieros con los que cuenta la asociación para la realización de la actividad.
7. Desarrollo del proyecto y su presupuesto (previsión de gastos e ingresos, incluyendo la relación de las ayudas o subvenciones solicitadas a otras entidades)
8. Viabilidad del proyecto.
9. Evaluación
 
 
DOCUMENTOS
 
Es imprenscindible acompañar la documentación siguiente:
1. Solicitud según modelo normalizado
2. Fotocopia del DNI del responsable de la entidad o persona física o jurídica.
3. Certificación expedida por los órganos representativos de la entidad, en su caso, en que se haga constar el número de socios y el presupuesto del ejercicio corriente.
4. Memoria detallada de las actuaciones de todo tipo que haya desarrollado la entidad en el año precedente, salvo en el caso de asociaciones culturales de reciente creación o de personas físicas.
5. Declaración jurada de las subvenciones solicitadas, recibidas o pendientes de otras instituciones públicas o privadas en el ejercicio anterior.
6. Declaración jurada de las subvenciones solicitadas de instituciones públicas o privadas del presente ejercicio.
7. Programa y presupuesto detallado de ingresos y gastos de las actividades previstas a realizar en el que se harán constar información clara de los apartados recogidos en el Anexo 1. 

 

 Si tiene alguna duda puede consultar las preguntas frecuentes.

 

Canales de solicitud:


  

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Presencial:Registro General, planta baja, (ver mapa, consultar horario)

 

               Se puede descargar el siguiente formulario y llevarlo rellenado (descargar)


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Internet: A través de la plataforma de administración electrónica, Carpeta ciudadana (inactiva).

 


 

 

 

 

Webs municipales


Ayuntamiento de Albacete
Plaza de la Catedral s/n, 02071 Albacete
Teléfono: 967 59 61 00
sac@ayto-albacete.es
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