Resumen: Tributo que grava el incremento de valor que experimenten los terrenos y se ponga de manifiesto a consecuencia de la transmisión de la propiedad de los mismos por cualquier título, o de la constitución o transmisión de cualquier derecho de goce, limitativo del dominio, sobre los referidos terrenos.
Gestión: Impuesto de gestión íntegramente municipal, que se exige en régimen de autoliquidación, asistida por el Negociado.
Plazos de presentación: 30 días hábiles en actos inter vivos y seis meses prorrogables hasta un año a solicitud del sujeto pasivo en los actos por causa de muerte.
El Ayuntamiento ha venido aplicando desde 1/01/2006 hasta 31/12/2010, periodo máximo establecido por la Ley, la reducción del 60% a los valores catastrales del suelo, como consecuencia de la revisión catastral.
Legislación:
Observaciones: Posibilidad de realizar consultas “on line”, sólo a título informativo, careciendo la misma de efectos vinculantes, debiendo indicar el interesado:
- Nombre y apellidos
- Tributo objeto de consulta
- Consulta (siempre debe especificarse la referencia catastral y la fecha de la transmisión anterior. En ciertas transmisiones es necesario aportar más información: porcentaje de propiedad, edad usufructuario,...).
Unidad de Gestión: NEGOCIADO DE TRIBUTOS SOBRE LA PROPIEDAD
Horario: 9:00 a 14:00 de lunes a viernes
Dirección: Pza. Catedral, s/n
Teléfono: 967 59 61 00 - ext. 11212
Email: plusvalia@ayto-albacete.es