¿El informe que se emite sobre la consulta en materia de consumo es vinculante?
No, los informes que, en contestación a una consulta, se emitan tendrán exclusivamente carácter informativo para quienes lo solicitaren, no resultando vinculantes para la administración actuante, en caso de tener que dictar un acto administrativo, y sin perjuicio del derecho de terceros