¿Qué establecimientos tienen libertad horaria?
Los establecimientos dedicados principalmente a la venta de pastelería y repostería, pan, platos preparados, prensa, combustibles y carburantes, floristería y plantas, establecimientos instalados en estaciones de transporte terrestres y aeropuertos y las denominadas tiendas de conveniencia.
Los establecimientos ubicados en zonas de gran afluencia turística, (esta declaración la hará la Consejería competente en materia de turismo).
Los establecimientos comerciales distintos a los primeros mencionados que dispongan de una superficie útil para la exposición y venta al público inferior a 300 metros cuadrados, excluidos los pertenecientes a empresas o grupos de distribución que no tengan la consideración de mediana o pequeña empresa según la legislación vigente o que operen bajo el mismo nombre comercial de dichos grupos o empresas.
Los establecimientos dedicados en exclusiva a la venta de productos típicos y productos de artesanía popular.